La semana flotante fue uno de los esquemas comerciales más vendidos en los años 2000 y 2010. En lugar de comprar una semana fija (semana 28 en el apartamento 12, por ejemplo), el cliente «compraba» una semana sin fechas ni alojamiento concretos, a determinar cada año dentro de unos parámetros. Tras la STS 1524/2025, de 30 de octubre, la semana flotante es uno de los tres supuestos en que la nulidad sigue procediendo. Pero no en todos los casos: hay matices importantes.
Qué dice la jurisprudencia sobre la semana flotante
El artículo 1261 del Código Civil exige que el objeto de un contrato sea determinado o determinable sin necesidad de nuevo pacto entre las partes. El artículo 1273 reitera que el objeto debe ser determinado en cuanto a su especie y, si no lo está en cuanto a cantidad, ha de ser posible determinarlo sin nuevo convenio.
La STS 1524/2025 establece que la semana flotante no es nula por el simple hecho de ser flotante. Lo es cuando los elementos esenciales del derecho (alojamiento concreto, fechas, características) no son determinables conforme al propio contrato. Es decir: si el contrato fija criterios objetivos para concretar la semana cada año, la flotabilidad es válida. Si no los fija, el objeto es indeterminable y la nulidad procede.
Cuándo la semana flotante es nula
- El contrato no fija ningún criterio para determinar el alojamiento o las fechas cada año.
- La asignación queda al arbitrio del complejo sin parámetros objetivos (puedes pedir lo que quieras, te dan lo que les sobra).
- Las características esenciales del alojamiento (tamaño, categoría, ubicación dentro del complejo) no constan en el contrato.
- El contrato no especifica cuántos alojamientos están comprometidos en el pool, ni cuáles, ni con qué disponibilidad.
- Se introduce un sistema de puntos sin reglas claras de conversión, vencimientos o disponibilidad real.
Cuándo la semana flotante es válida (tras la STS 1524/2025)
- El contrato identifica un grupo cerrado de alojamientos entre los que se asignará la semana anual.
- Hay reglas objetivas de asignación (orden de petición, antigüedad, temporada).
- Las fechas posibles están delimitadas por temporadas o periodos concretos.
- El sistema de puntos, cuando existe, tiene reglas claras de conversión y uso.
Cómo verificar si tu semana flotante es atacable
- Revisa la cláusula del contrato que define la «semana flotante» o «el sistema de puntos».
- Comprueba si fija criterios objetivos (cuántos alojamientos, qué categorías, qué temporadas, qué orden).
- Mira el régimen del complejo en el Registro de la Propiedad: el régimen inscrito debe ser coherente con lo que dice tu contrato.
- Si encuentras lagunas o si la «flotabilidad» significa «lo que el complejo decida cada año», hay base para la nulidad.
Qué se consigue con la nulidad de una semana flotante
- Extinción del contrato: cesa la obligación de pagar la cuota anual.
- Restitución proporcional al tiempo no disfrutado.
- Cancelación registral del derecho.
Si la operación matemática (recuperación esperada vs coste del pleito) no compensa, sigue siendo viable la desvinculación negociada apoyándose en los argumentos de indeterminación: cuando el complejo ve que la nulidad puede prosperar, suele ofrecer baja a cambio de un pago final muy reducido.
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